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Los ejes de la agenda antiabusos que comenzó su trámite en el Congreso

La propuesta incluye cuatro pilares, entre ellos la creación de la figura del "denunciante reservado".

Por: Amanda Santillán | Publicado: Jueves 23 de abril de 2020 a las 17:20 hrs.
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Esta mañana el ministro de Economía, Lucas Palacios, asistió a la comisión del ramo de la Cámara de Diputados para presentar el proyecto que fortalece la investigación y persecución de carteles y aumenta su pena, que es parte de la agenda antiabusos del gobierno.

De esta manera, el secretario de Estado expuso los cuatro pilares que componen este proyecto: herramientas para persecución de carteles, aumento de la pena del delito de colusión cuando recaiga en bienes y servicios de primera necesidad, la creación del denunciante reservado, y otras moficaciones.

1er Pilar: nuevas herramientas para persecución de carteles

- Nuevas técnicas de investigación:
Se incluirá a las facultades del fiscal nacional económico el ordenar la fotografía, filmación u otros medios de reproducción de imágenes conducentes a la aclaración de los hechos y de disponer la grabación de comunicaciones de personas presentes. Esto sirve como elemento probatorio para establecer eventualmente la responsabilidad penal que corresponda.

- Sanciones a entorpecimiento de diligencias de entrada o registro de destrucción de evidencias.
Actualmente no existen sanción alguna para la obstrucción a una investigación de la Fiscalía Nacional Económica (FNE). De esta manera, el proyecto propone sanciones penales de presidio menor de grado mínimo a medio. Es decir, de 61 días a tres años para quienes impidan el acceso a los funcionarios de Carabineros o PDI encargados de la ejecución de la diligencia de registro. También vale para la evidencia de las comunicaciones que se hayan almacenado en dispositivos físicos, servidores de almacenamiento, etc.

- Designación anual de dos ministros de la Corte de Apelaciones de Santiago para las autorizaciones correspondientes para todas estas diligencias.
La ley vigente dispone que el fiscal nacional económico deberá solicitar la autorización del Tribunal de Defensa de Libre Competencia y del ministro de la Corte de Apelaciones que corresponda para autorizar las denominadas medidas intrusivas.

Así, para agilizar el proceso, se propone que el presidente de la Corte de Apelaciones de Santiago designe una vez al año y por sorteo a dos de sus miembros para cumplir esta labor.

- El alzamiento de secreto y reserva bancaria.
Otorga a la FNE la facultad de requerir la información bancaria de personas determinadas, incluyendo aquellas que se encuentre en reserva o secreto bancario. Esto incluye el acceso al registro de transacciones bancarias tales como depósitos y captaciones o transacciones.

Estos registros pueden revelar la existencia de pagos o comisiones entre competidores, evidencias de reuniones entre ejecutivos de empresas competidoras, determinar la ubicación o localización de empresas investigadas en Chile o fuera, revelar la identidad de nuevos partícipes o miembros del cartel y determinar el beneficio económico que pudieron haber obtenido.

2do Pilar: Aumento de la pena de delito de colusión cuando caiga en bienes y servicios de primera necesidad.

Actualmente, el piso actual de penas para los delitos de colusión es de tres años y un día, lo que puede aumentar- como propone el proyecto- a cinco años y un día si es que recae en bienes y servicios de primera necesidad.

Al tener este nuevo mínimo, y de acuerdo a la ley que establece las penas sustitutivas a las penas privativas o restrictivas de libertad, estas (condicional, parcial, libertad vigilada) no serían aplicables para los infractores.

Hoy día tampoco existe jurídicamente una definición precisa de "primera necesidad". Por esto, el proyecto propone que sean los tribunales de justicia, que de acuerdo a las circunstancias de cada caso particular, determine si los hechos constitutivos de la conducta ilícita coincide o no con el tipo agravado de colusión.

3er Pilar: Creación de denunciante reservado

El proyecto incorpora la figura de un denunciante reservado- y no anónimo, ya que debe individualizarse- para que se resguarde su identidad de tal modo de evitar posibles represalias laborales, sociales o personales. Así se fomenta la denuncia de manera segura y obligatoria por parte de personas que no han participado activamente de la conducta colusoria pero que tienen conocimiento de su existencia.

También, para evitar abusos de este mecanismo, se incorpora un nuevo tipo penal que sanciona quienes presenten una denuncia falsa ante la FNE con una sanción de 61 días a 3 años.

4to Pilar: Otras modificaciones

- La creacion del jefe de Division de Fiscalizacion de la FNE:
Este nuevo cargo permitirá a la FNE garantizar el pago de las multas y las obligaciones de cambio de conductas ordenadas.

- Medida para resguardo de evidencia electrónica:
Esta es la creación de la facultad de ordenar a servicios de comunicaciones que creen un respaldo de las copias y registros de las comunicaciones transmitidas o recibidas por los sujetos investigados por conductas colusorias. Esto no implica el acceso a esta información, pero sí un resguardo. El respaldo no será accesible mientras no se obtenga la aprobación del Tribunal de la Libre Competencia.

Si bien la FNE actualmente cuenta con la facultad de solicitarlo, no existe un medio para asegurar la integridad del registro y dichas copias durante el tiempo intermedio entre el inicio de la investigación y el momento en que se acreditar la existencia de antecedentes graves de colusión.

- Notificaciones a filiales y agencias extranjeras que están constituidas en Chile
Incorpora la facultad de notificar resoluciones administrativas (por ejemplo, el inicio de una investigación o solicitud de antecedentes) a filiales o agencias extranjeras que se hayan constituído en Chile. Hoy es posible hacerlo por requerimientos o demandas por infracciones a las normas a la libertad.

Esto, ya que es habitual que los casos de colusión sean adoptados en el exterior y partícipes de conducta se encuentren fuera del territorio nacional o que la misma mecánica sea articulada en el extranjero para aprovecharse del vacío legal.

- Incorporación de Carabineros de Chile:
Se incluye a Carabineros como parte del personal que la FNE pueda requerir, junto a la Policía de Investigaciones.

- Apercibimiento y sanción a funcionarios públicos por incumplimiento de requerimiento de la FNE.
Se impondrá una pena de multa de hasta 2 unidades tributarias anuales (UTA) por cada día de atraso a aquellos funcionarios que injustificadamente no responda o responda parcialmente a un requerimiento de información del fiscal.

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